El 1° de abril comienza a regir la ley de Teletrabajo
05 de febrero de 2021
A través de la publicación en el Boletín Oficial, el gobierno estableció cuándo entra en vigencia el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo.
El régimen, que fue aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado pero recién se reglamentó en diciembre, regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.
El primer artículo establece que las disposiciones “no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular". Tampoco "en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional".
Los artículos vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.
En lo referido al derecho a la desconexión digital, se precisa que cuando "la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral".
"En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada" dice la normativa y aclara que "no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión".
"Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos", puntualiza el texto.
En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, "deberá comunicar en forma virtual y con precisión" el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.
"En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva", agrega.